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Para este trámite es necesario presentar:
CUANDO NO HAY MENORES DE EDAD O YA SON MAYORES DE EDAD LOS BENEFICIARIOS
1. Minuta en medio magnético o impreso.
2. Copia cédula de ciudadanía de las mismas personas que lo constituyeron y de los favorecidos si los hay.
3. Escritura antecedente.
4. Certificado de tradición y libertad (no mayor a 30 días).
5. Comunicado del juzgado asignando firma por parte de curador (en caso de existir menores de edad)
6. Registro civil de nacimiento de los hijos para demostrar su mayoría de edad.